Responsabilidad por vicios ocultos
Su reclamo es nuestra prioridad y la Arquitectura Legal, nuestra mejor disciplina.
Como muchas veces pasa, con gran esfuerzo logró comprar un inmueble nuevo, o, estrenado hace muy poco tiempo, ya se encuentra en posesión del mismo y dispuesto a empezar a disfrutarlo…sin embargo, ¡Lo inesperado está por ocurrir!
El adquirente o comprador del inmueble, de a poco comienza a descubrir la aparición de manchas de humedad, fisuras que empiezan a hacerse visibles, las instalaciones que no funcionan como debieran, o, peor aún están defectuosas o rotas, la existencia de materiales de pésima calidad, y un sinfín de desperfectos que, a la toma de posesión no eran visibles, o no se habían manifestado. Entonces, la preocupación, el malestar y la incertidumbre invaden al propietario del inmueble que advierte la presencia de vicios ocultos.
Las patologías constructivas, pueden surgir como un vicio de proyecto, como consecuencia de una deficiente dirección de obra, o, por no haberse cumplido la regla del buen arte constructivo, entre otras causales. Todo indica que estamos en presencia de un incumplimiento de contrato, y el adquirente o comprador del inmueble afectado, podrá ejercer su acción de reclamo contra todas las personas responsables de esos vicios ocultos.
Las acciones por vicios ocultos son nuestra especialidad, porque combinamos la experiencia de los mejores peritos arquitectos e ingenieros, con las mejores estrategias legales. Su reclamo es nuestra prioridad y la Arquitectura Legal, nuestra mejor disciplina.
- Daños producidos por humedades, rajaduras y filtraciones, entre otros
- Visita e inspección ocular in situ por profesional arquitecto o ingeniero
- Confección de informe técnico, dictaminando el origen de los daños motivados por obras en construcciones linderas, cuantificación económica y plazo de reparación
- Análisis, ecuadre jurídico y reclamo legal