Cámaras transformadoras
Su reclamo es nuestra prioridad y la Arquitectura Legal, nuestra mejor disciplina.
Un problema recurrente que afecta tanto a Constructores, como a Desarrollistas o Propietarios de obras de arquitectura, es tener que ceder un espacio de dimensiones adecuadas para la instalación de un centro de transformación.
Tal es así, que si el cálculo de Potencia Simultánea demanda un valor mayor a sesenta kilo-voltiamperios (60 kVA), ese Constructor, Desarrollista o Propietario, quedará inmerso en el mundo abusivo y monopólico de la Empresa Distribuidora que le toque en suerte.
La aprobación del proyecto y de los planos de la obra a ejecutar o de las instalaciones a construir, importará la afectación del predio a la servidumbre administrativa de electroducto.
Si Usted, debió ejecutar a su exclusivo cargo y costo la obra civil (CT) y resignó un espacio para tal fin, nosotros podemos ayudarlo.
Sabemos perfectamente que rubros reclamar y cómo calcular la indemnización de la servidumbre que le ocasionó un perjuicio positivo susceptible de apreciación económica.
Su reclamo es nuestra prioridad y la Arquitectura Legal, nuestra mejor disciplina.